Disposición Normativa-Serie "B" Nº 060/05
Disposición Normativa-Serie "B" Nº 060/05
ASUNTO: Impuesto a los Automotores. Denuncia Impositiva de Venta. Artículo
8 de la Ley 13.244. Art. 524 de la Disposición Normativa Serie "B" N°
1/04: sustitución.
La Plata, 05 de Agosto de 2005.-
VISTO Y CONSIDERANDO:
Que la Ley 12.576 (B.O. 8 al 12 de enero de 2001) incorporó al Código
Fiscal el artículo 192 bis mediante el cual se estableció, en el ámbito
provincial, la posibilidad de que los titulares de dominio de los
automotores realicen una Denuncia Impositiva de Venta con la finalidad de
liberar su responsabilidad tributaria ante el Fisco (actual artículo 206
del Código Fiscal, Ley 10.397 T.O. 2004).
Que a su turno dicha norma legal fue reglamentada por la Disposición
Normativa Serie "B" 29/03, con vigencia a partir del 15 de Abril de 2003.
Que dicha reglamentación contempló la situación de aquellos titulares de
dominio de vehículos automotores que hubieren realizado la Denuncia de
Venta ante el Registro Nacional de la Propiedad Automotor y de Créditos
Prendarios, durante el lapso de tiempo transcurrido entre la vigencia de
la Ley 12.576 y la de su regulación reglamentaria (artículo 524 de la
Disposición Normativa Serie "B" 1/2004).
Que el artículo 8 de la Ley 13.244 (B.O. 25 de octubre de 2004) vuelve a
regular la cuestión de las Denuncias de Venta efectuadas en el lapso
mencionado en el párrafo anterior y, al mismo tiempo, atiende la situación
de las denuncias registrales realizadas con anterioridad a la fecha de
vigencia de la Ley 12.576.
Que en esta oportunidad resulta necesario sustituir el texto del artículo
524 de la Disposición Normativa Serie "B" 1/2004 adecuándolo a lo
dispuesto por el artículo 8 de la Ley 13.244.
Por ello,
El Subsecretario de Ingresos Públicos, en uso de las atribuciones
inherentes
al cargo de DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS, de conformidad al Decreto
1167/05,
DISPONE:
Artículo 1: Sustituir el artículo 524 de la Disposición Normativa Serie
"B" N° 01/2004, por el siguiente:
"Artículo 524.- Para los titulares de dominio que entre el 9 de enero de
2001 y el 15 de abril de 2003 hubieran realizado la Denuncia de Venta
ante el Registro Nacional de la Propiedad Automotor y de Créditos
Prendarios, de la que surja la identificación y domicilio del
adquirente, operará la limitación de responsabilidad prevista en el
artículo 206 del Código Fiscal (T.O. 2004) a partir de la fecha de la
Denuncia mencionada, en tanto no registren deuda por el Impuesto a los
Automotores vencida hasta dicha fecha, con relación al vehículo de que
se trate.
Para aquellos titulares de dominio que antes del 9 de enero de 2001
hubieren realizado la Denuncia de Venta ante el Registro Nacional de la
Propiedad Automotor y de Créditos Prendarios, la limitación de
responsabilidad tributaria se hará efectiva a partir del 9 de enero de
2001, en tanto no registren deuda por el Impuesto a los Automotores
vencida hasta dicha fecha, con relación al vehículo de que se trate.
En ambos casos deberá cumplirse con la presentación de la Denuncia
Impositiva de Venta prevista en el artículo anterior y el requisito
esta-blecido en el artículo 522 inciso 3 b."
Artículo 2: Regístrese, comuníquese, solicítese a la Dirección de
Servicios Técnicos Administrativos la publicación de la presente en el
Boletín Oficial, circúlese y archívese.
Ministerio de Economía de la provincia de Buenos Aires
©Todos los Derechos Reservados
SALUDO DE BIENVENIDA
En nombre de la Municipalidad de Arrecifes, de sus autoridades y funcionarios, le damos la más cordial bienvenida, desde la Oficina de Descentralización Tributaria.
Construir ciudad de futuro, como pretendemos para Arrecifes, implica disponer de normativas de visión a corto y largo plazo. Su crecimiento es un aporte colectivo, equilibrado y constante de quienes viven en ella, porque los desafíos de la modernidad exigen la introducción del equipamiento físico, y nuevas tecnologías, es que pretendemos a través de este blog acercar una nueva herramienta de información al contribuyente, para que de esta forma puedan encontrar respuestas a sus inquietudes, y en lo posible, soluciones a sus problemas, el fin es contactar a la Municipalidad con los ciudadanos.
Construir ciudad de futuro, como pretendemos para Arrecifes, implica disponer de normativas de visión a corto y largo plazo. Su crecimiento es un aporte colectivo, equilibrado y constante de quienes viven en ella, porque los desafíos de la modernidad exigen la introducción del equipamiento físico, y nuevas tecnologías, es que pretendemos a través de este blog acercar una nueva herramienta de información al contribuyente, para que de esta forma puedan encontrar respuestas a sus inquietudes, y en lo posible, soluciones a sus problemas, el fin es contactar a la Municipalidad con los ciudadanos.